Horario atención: Lun - Vier 8:00 am. a 13:00 pm. - 14:00 pm. - 17:00 pm.

Servicios

NUESTROS SERVICIOS

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DEMUNA

¿QUÉ ES DEMUNA?
La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) brinda los siguientes servicios:

Administrativas.- Realizar gestiones: sobre salud, educación, inscripción extemporánea de nacimiento.
Otros:

  • Consejería.
  • Apoyo Psicológico.
  • Asesoría Jurídica.

Las DEMUNA tienen facultad de intervenir cuando se ven afectados los derechos de los niños y adolescentes, en educación, salud u otras materias, citando a sus autoridades para restablecer los derechos vulnerados, en atención al interés superior del niño y adolescente, señalado en el Art. IX del Título Preliminar del Código de los niños y adolescentes (ley Nº 27337).

FUNCIONES SEGÚN LEY Nº 27337 – CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

  • Velar por el interés superior del niño y adolescente.
  • Intervenir cuando se afecten sus derechos.
  • Realizar conciliaciones extrajudiciales en las siguientes materias: alimentos, tenencia y regimen de visitas.
  • Actas de compromiso en Normas de conducta.
  • Conocer de la colocación familiar.
  • Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.
  • Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
  • Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones, siempre que no exista procesos judiciales previos.
  • Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.
 
  • Labor de la DEMUNA.
    • Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de alimentos, régimen de visitas, maltrato, violencia familiar, reconocimiento voluntario de filiación, y, en general situaciones que afecten los derechos de los niños y adolescentes.
    • Realiza difusión y capacitación sobre Derechos del Niño.
    • Impulsa actividades preventivas y de movilización social por los Derechos del Niño.
    • Coordina permanentemente con instituciones y organizaciones locales para atender los problemas de los niños, adolescentes y familia.
    • Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes.
     

    Cómo se crea la DEMUNA.

    • Por acuerdo de sesión de concejo se crea la DEMUNA y designa el responsable.
    • El responsable es un profesional (abogado, psicólogo, trabajador social, educador u otra especialidad), con vocación de servicio y solvencia moral.
    • Si la Municipalidad no cuenta con profesionales, la responsabilidad podrá ser asumida por persona que reúnan los requisitos de idoneidad y se capaciten. También se puede designar a un funcionario que ya está laborando en el Municipio y que pueda asumir las siguientes tareas:
    •  

    Quiénes pueden pedir la intervención de la DEMUNA.

    • Los propios niños, niñas y adolescentes.
    • La madre, el padre o cualquier otro familiar.
    • Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño y adolescente.

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OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad es un servicio que brinda la Municipalidad a los vecinos con Discapacidad, es el nexo entre las personas con discapacidad residentes en su jurisdicción y las autoridades municipales, con el propósito de proteger, organizar, informar, orientar y diseñar políticas locales orientadas a solucionar la problemática que afrontan y su integración e inclusión social.

BASE LEGAL DE LA OMAPED:

  • Ley Nº 27050, Ley general de Integración de las Personas con Discapacidad.
  • Constitución Política del Perú, articulo 7.
  • Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 84° inciso2, numeral 2. 12; el cual establece que estos deben “Crear una oficina encargada de la promoción, participación y organización de los vecinos con discapacidad como un programa dependiente de la Dirección de servicios sociales.
  • Ley Nº 27408, Ley de atención preferente.
  • Ley Nº 27920, Ley de Adecuación Urbanística y Arquitectónica de las edificaciones.

OBJETIVO GENERAL:
Contribuir a mejorar la calidad de vida y su relativa independencia, de las personas con discapacidad, dentro de un marco de igualdad de oportunidad.

FUNCIONES

Sensibilizar
Crear conciencia sobre la problemática de las personas en situación de discapacidad, para ayudar a crear una cultura de derechos, tareas que se realizan al interior de la municipalidad y está dirigida a las personas e instituciones de la comunidad.

Dar a Conocer
A los vecinos con discapacidad no solo para saber cuántos son y dónde están sino para conocer su problemática y poder planificar acciones en función de ella.

Asesorar y apoyar
El proceso de formación y organización de vecinos con discapacidad.

Promocionar y guiar
A la persona con discapacidad en el proceso de integración, especialmente en los servicios educativos, de salud y trabajo realizando las gestiones necesarias para que las personas con discapacidad gocen de los derechos de todos los peruanos.

Fomentar la participación
De las personas con discapacidad en las actividades culturales, deportivas, etc. que la municipalidad realice facilitándoles el acceso a dichos servicios.

Promocionar los derechos
De las personas con discapacidad y vigilar el cumplimiento de las leyes y demás dispositivos dados a favor de ellas.

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VASO DE LECHE

El programa de Vaso de Leche, es un programa de asistencia alimentaría complementaria dirigido a la población materno infantil que se canaliza mediante la Municipalidad, con fondos provenientes del Ministerio de Economía y Finanzas se asigna mensualmente, fue creado mediante la ley Nº 24059 e inaugurado por primera vez en la Municipalidad Provincial de Lima en Abril de 1984, siendo Alcalde el Dr. Alfonso Barrantes Lingán.

NORMAS QUE RIGEN SU OPERATIVIDAD

  • Constitución Política del Perú, Articulo 82.
  • Decreto Ley N° 26162, Ley del Sistema Nacional de Control.
  • Ley N° 24059, Creación del Programa del vaso de leche.
  • Leyes anuales de Presupuesto.
  • Directiva N° 02-99-CG/SDE, aprobada con Resolución de Contraloría N° 003-99-CG.
  • Directiva N° 003-2000-CG/SDE, Ejecución del gasto del Programa del vaso de leche.
  • Ley N° 27470, Ley que establece Normas complementarias para la ejecución del Programa del vaso de leche.
  • Ley N° 27712, Ley que modifica la Ley N° 27470, Ley que establece Normas complementarias para la ejecución del Programa del vaso de leche.

OBJETIVOS
El objetivo del programa de Vaso de Leche es disminuir el alto índice población de desnutrición principalmente a los que tienen escasos recursos económicos, como el binomio madre niño. El programa de Vaso de Leche deberá proporcionar y asegurar obligatoriamente una atención de 7 días a la semana y se debe dar forma preparada.

FINALIDAD
Mejorar la nutrición mediante el otorgamiento de una base nutricional que genere cambios de hábito a los niños, madres gestantes, lactantes y otros beneficiarios que la ley señale.

Promover la participación activa de la comunidad organizada en la gestión y ejecución del programa dentro de los alcances de la ley. Gestionar y centralizar recursos a fin de que el programa del vaso de leche de la Municipalidad de Calango logre desarrollar otros programas sobre salud preventiva promocional y de nutrición.

LUGAR:
Municipalidad Distrital de Calango

TELÉFONO:
(01) 284 5037

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REGISTRO CIVIL

Los Registros Civiles tienen por finalidad coordinar y ejecutar las actividades en materia registral como es la inscripción de hechos vitales (nacimientos, matrimonios y defunciones) y actos modificatorios al estado civil de las personas, optimizando la prestación de dichos servicios mediante el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes que regulan el registro de estado civil, dentro del marco de las políticas de Estado, la gobernabilidad de los derechos ciudadanos y de la seguridad jurídica.

HORARIO DE ATENCIÓN:
Lunes a Viernes de 8:00 am. a 13:00 pm. – 14:30 pm. – 17:00 pm.

INFORMES E INSCRIPCIONES:
Municipalidad Distrital de Calango

TELÉFONO:
(01) 284 5037

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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

La Municipalidad Distrital de Calango, en cumplimiento de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo; Decreto Supremo Nó 142-2009-EF que Reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo y el Instructivo Nó 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo CONVOCA a la Sociedad Civil Calanguina organizada y a las Organizaciones Públicas y Privadas con sede en el distrito, así como a las autoridades elegidas democráticamente en elecciones públicas al PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2023; el cual se da inicio conforme la Ordenanza Nó 002-2022-MDC, que contienen los mecanismos de identificación y acreditación de los Agentes Participantes.

El Proceso de Presupuesto Participativo se llevará a cabo a partir de la identificación de los principales problemas del distrito, los cuales servirán de base para las propuestas y priorización de proyectos de inversión orientados a dar soluciones integrales a dichos problemas.

MARCO LEGAL:

CRONOGRAMA:

  • 1.- Inscripción y Registro de Agentes Participantes - hasta el 14 de marzo del 2022
  • 2.- 1° Taller: Presentación del Plan de Desarrollo Concertado PDC  - 16 de marzo del 2022.
  • 3.- 2° Taller: Diagnostico Distrital, Identificación y definición de Criterios y Priorización de Resultados  - 17 de marzo del 2022.
  • 4.- 3° Taller: Evaluación Técnica de Proyectos (Equipo Técnico), Priorización de Proyectos de Inversi&ocaute;n  – 24 de marzo del 2022.
  • 5.- 4° Taller: Rendición de Cuentas, Elección del Comite de Vigilancia  – 25 de marzo del 2022.
  • 6.- Articulación de Políticas y Proyectos, Gob. Regional, Provincial y Local - 25-28 de marzo del 2022.
  • 7.- Formalización del Documento Final del Proceso de Presupuesto Participativo 2022 - 28 de marzo del 2022.
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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

De conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 modificada por la Ley N° 31433, la Ordenanza Municipal N° 04-2022-MDC, que aprueba el Reglamento para la Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Calango y el Decreto de Alcaldía N° 004 -2022-MDC del 16 de agosto del presente año.

Agenda: Informe de Logros y Avances, ejercicio fiscal 2019 – 2022

Día : 30 de setiembre del 2022

Hora : 3.00 p.m.

Modalidad: Virtual

A los participantes inscritos se les enviará un enlace en la plataforma ZOOM y la población en general podrá seguirlo por el Facebook institucional https://www.facebook.com/municipalidadcalango/ La participación es libre, previa identificación e inscripciór;n en el Libro de Participantes que está a cargo de la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Municipalidad. La ficha de inscripción y demás documentos están a disposición en las redes sociales y en la recepción de la Municipalidad

MARCO LEGAL:
 Ordenanza Municipal N° 004-2022-MDC

FORMULARIO:
 Ficha de inscripción

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